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LIGA DEPORTIVA BARRIAL PASTAZA "LIDEBAP"

Apoyando el Deporte Recreativo de la Provincia !!!..Un derecho del Pueblo..¡¡¡


   
  Liga Deportiva Barrial Pastaza
  Reglamento Basket
 

REGLAMENTO PARA EL CAMPEONATO DE BALONCESTO ABIERTO MASCULINO Y FEMENINO

 CAPITULO I
 FINES
 Art. 1.- Liga Deportiva Barrial Pastaza y la Comisión Técnica de Básquet, comprendiendo que el   baloncesto  es el deporte de  mayor coyuntura para unir a los pueblos, que la masificación del baloncesto se consigue con la participación de todos los deportistas agrupados en Clubes, presenta el Campeonato de Básquet abierto masculino y femenino 2006.

Art. 2.- El presente campeonato tiene la finalidad fundamental de fomentar la práctica deportiva, estimular el espíritu de colaboración, unidad y comunión de ideas, así como las relaciones sociales entre los participantes y comunidad. 

CAPITULO II
 DE LA ORGANIZACIÓN:

Art. 3.- El presente campeonato será controlado por LIDEBAP a través de su Comisión Técnica de Básquet. 

Art. 4.- La Comisión Técnica de Básquet proporcionará a todos los equipos participantes una copia del presente reglamento.

Art. 5.- LIDEBAP llamará a inscripciones mediante oficios circulares a los Clubes legalmente reconocidos y Filiales a LIDEBAP para participar en el presente campeonato. 

Art. 6.-   La fecha de inscripciones lo establecerá la Comisión Técnica de Básquet, las mismas que se receptarán en las oficinas de LIDEBAP de lunes a viernes en el horario programado.
 
Art. 7.-   La Comisión Técnica de Básquet estará integrada por el Presidente de la Comisión de Baloncesto quien la presidirá, un delegado del Directorio de LIDEBAP y dos delegados de los Clubes participantes en el Campeonato los mismos que serán nombrados de los clubes que participaron en el campeonato del año anterior.
 

Art. 8.- Actuara en calidad de secretario de la Comisión de Baloncesto el titular del Directorio.

Art. 9.-  Las funciones de la Comisión Técnica de Básquet será resolver:

-          Organización y coordinación del evento.

-          Resolver sobre las sanciones que se presenten en el campeonato.

-          Resolver sobre las impugnaciones que se presenten.

CAPÍTULO III
DE LA PARTICIPACIÓN: 

Art. 10.- En los campeonatos de los clubes Barriales podrán intervenir todos los Clubes filiales, previa inscripción de sus deportistas.

Art. 11.- En dicho campeonato no podrán participar los equipos y/o jugadores que estén sancionados. 

Art. 12.- Un jugador que siendo de un club barrial y no ha participado el último año en ningún campeonato, queda en libertad para inscribirse en cualquier otro club.; siempre y cuando no este sancionado por LIDEBAP.

Art. 13.- Si un jugador que haya participado el último año en un campeonato barrial, desea cambiarse de club, debe solicitar el pase por escrito, debiendo ser conferido sin costo alguno dentro de un plazo no mayor a 8 días subsiguientes a la presentación de la solicitud, en caso de no tener respuesta a la misma en el plazo establecido, se dará por aceptada automáticamente previo el conocimiento de LIDEBAP.

Art. 14.- En caso de que un jugador haya firmado documentación en dos o más clubes, para participar en un mismo campeonato, el jugador será suspendido un año calendario. 

Art. 15.- Por ningún concepto un jugador puede jugar dos o más disciplinas y/o club dentro de un mismo año calendario.

Los equipos que clasifiquen para jugar en el campeonato INTERLIGAS, podrán reforzarse con jugadores de la misma Liga previa autorización del Club.

Art. 16.- Los equipos que obtengan el 1ro y 2do lugar participaran en el campeonato Interligas

CAPITULO IV 

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN

Art. 17.- Para la inscripción de los equipos se requiere presentar a la comisión por deporte los siguientes requisitos en carpeta. 

Solicitud firmada por el Presidente, Secretario y sello del club.

Formulario de inscripción con todos los datos que en él se requiere.

Fichas de afiliación de cada jugador con fotografía actualizada.

Copia legible de la cédula de identidad de cada jugador.

Carné de cancha con todos los datos, firma, fotografías actualizadas y su número de camiseta respectiva.

f.        Autorización del padre de familia o apoderado en caso de ser menor de edad

Para los equipos que ingresen por primera vez presentar una carpeta archivadora.

Pagar los  derechos de inscripción.
Básquet                          $ 30.00             No incluye carne y fichas

Art. 18.- Cada equipo podrá inscribir el siguiente número de jugadores:

        Mínimo                                                            Máximo
8                                                                     14
  Art. 19.-Los clubes deberán inscribir a sus equipos presentando a la Comisión Técnica de Básquet todos los documentos contemplados en el Art. 18, dentro del cronograma ordinario de inscripciones establecido por la Comisión Técnica de Básquet.

Art. 20.- Los clubes que infrinjanel Art. 20. Inscribirán a sus equipos en el cronograma extraordinario de inscripciones establecido por la Comisión Técnica de Básquet, previo el pago de $ 50.00 por multa. En caso de no hacerlo quedaran excluidos del campeonato.

Art. 21.- El Congresillo Técnico se realizará 48 horas antes de la inauguración del campeonato, previa notificación a los clubes.

 Art. 22.- El Campeonato de Baloncesto se organizará siempre y cuando existan por los menos 4 equipos.
 Art. 23.- En el Congresillo Técnico se tratarán los siguientes puntos:
                         Informe de novedades sobre la calificación de equipos y jugadores.

Determinación de la modalidad de competencia.

Habilitar jugadores

Disposiciones reglamentarias

Análisis de la Inauguración
 Art. 24.- Las resoluciones del Congresillo técnico serán inapelables.
 Art. 25.-Durante el desarrollo del campeonato los clubes podrán inscribir nuevos jugadores siempre y cuando posean cupo. Dichos jugadores serán acreditados previa solicitud presentada a la Comisión Técnica de Básquet. La fecha tope deinscripción de jugadores será 3 días antes del último partido de la primera fase del campeonato.
 Art. 26.- Podrán inscribir y participar en dicho campeonato todos los jugadores considerados refuerzos nacionales, los cuales deberán actuar en cancha en el primer partido de la segunda fase del campeonato, de no hacerlo aún estando inscritos no podrá jugar la segunda fase.
 Art. 27.-De los jugadores considerados refuerzos nacionales, podrán actuar en cancha máximo un número de 2 jugadores, caso contrario no se le permitirá seguir jugando y se paralizará el partido hasta tomar los correctivos necesarios.
 
CAPITULO V
 INAUGURACIÓN
 Art. 28.- La inauguración consta de dos  partes desfile y ceremonia.
 El día de la inauguración los equipos deberán desfilar correctamente uniformados y mínimo 8 jugadores y 2 dirigentes.
En caso de incumplimiento al literal a., el equipo o club pagará una multa de $ 25.00 para poder tomar parte en el campeonato. No habrá justificaciones ni por fuerza mayor.

Art. 29.- Cada equipo desfilará con su respectiva madrina, el equipo que desfile sin madrina deberá pagar $ 25.00 de multa, que será verificado por la Comisión Técnica de Básquet.

CAPITULO VI
DE LA COMPETENCIA 

Art. 30.-Los jugadores deberán presentarse en cancha correctamente uniformados (camiseta y pantaloneta), en la espalda y pecho de la camiseta deberán llevar el número impreso o cosido, por ningún motivo se aceptarán números pintados con tiza, marcadores o algún material adhesivo, no se considera chalecos como parte del uniforme. Los números deberán ser del 4 al 15 obligatoriamente y en caso de los 2 jugadores adicionales los números serán 21 y 22.

Art. 31.-El único documento válido para que un jugador pueda tomar parte en un encuentro, es el carné de cancha. No podrá intervenir si este se encuentra adulterado, sin legalizar o plastificar. Necesariamente deberá coincidir el número del jugador en el carné con el número de la camiseta. Los datos del carné deberán ser llenados letra imprenta legible.

Art. 32.- Cuando un jugador de la liga Barrial dentro del campo de juego en competencia por a o b circunstancia sufra una lesión grave, todos los equipos participantes deberán abonar la cantidad de $10,00, mismos rubros deberán ser abonados en Tesorería hasta la semana siguiente del hecho para entregar esta ayuda al jugador afectado.

Art. 33.-No podrá tomar parte en el encuentro el jugador que se encuentre en estado de ebriedad o resaca, pudiendo ser reemplazado por otro jugador. 

Art. 34.-  A los equipos se les aceptarán un atraso máximo de 10 minutos,sujetándose a las sanciones del Art. 37.

Art. 35.- Los equipos para ingresar a la cancha deberán presentar a la mesa de control los carnés debidamente legalizados y plastificados; en caso de que un equipo no presente los mismos, no se realizará el partido, el infractor deberá pagar una multa de $ 40.00 a la Liga. Los puntos serán adjudicados al equipo contendor con el marcador de 20 a 0. 

Art. 36.- Cuando los árbitros suspendieran un encuentro por fuerza mayor, la Comisión Técnica de Básquet determinara el día, la hora y lugar para la continuación del encuentro suspendido.

Art. 37.- Si hay suspensión de una o varias fechas del calendario establecido, estás deberán ser jugadas al final de la etapa. 

Art. 38.- Si hay suspensión de uno o más partidos de una fecha, estos se jugarán al final.

Art. 39.- En la banca de suplentes podrán estar: director técnico, asistente y jugadores suplentes; podrá estar de pie uno de los dos miembros del cuerpo técnico  (director técnico o asistente). 

CAPITULO VII
DE LAS SANCIONES 

Art. 40.- Los equipos utilizarán el balón oficial que la Comisión Técnica de Básquet proporcione para los partidos.

Art. 41.- Los equipos podrán iniciar el partido con un mínimo de 5 jugadores, caso contrario perderá los puntos en disputa y éstos serán adjudicados al equipo contrario con un marcador de 20 a 0; y se considerará como no presentación.

Art. 42.- Si en el desarrollo el partido el equipo queda con un número de jugadores inferior a 2, automáticamente perderá los puntos que serán adjudicados a su rival con el marcador reglamentario.

Art. 43.-El tiempo de espera para la presentación de los equipos en la cancha será de 10 minutos a partir de la hora señalada para su iniciación por la Comisión Técnica de Básquet, luego de los cuales el juez dará por terminado el partido y los puntos se adjudicarán al equipo presente con el marcador de 20 a 0. Si ambos equipos no están presentes estos perderán los puntos en disputa y se tomará como no presentación en cada caso. 

Art. 44.- En caso de que los equipos contendientes tengan uniformes semejantes, el equipo A que conste en el calendario de juegos (local) utilizará chalecos facilitados por la Comisión Técnica de Básquet.

Art. 45.- El equipo que no se presente a dos encuentros quedará fuera del Campeonato y pierde la garantía total.

Art. 46.- Si dentro del desarrollo del campeonato uno o varios equipos son declarados desertores, los puntos que están en disputa serán acreditados a su rival con el marcador correspondiente. 

Art. 47.- Si el equipo que estando jugando se retira de la cancha sin autorización de los jueces y no continúa jugando perderá el partido, los puntos serán acreditados a su rival con el marcador que le corresponda y se tomará como no presentación. 

Art. 48.- Cuando el árbitro dé por terminado un encuentro por falta de garantías en los casos: de invasión de cancha, riñas o agresión los árbitros, mesa de control o dirigentes se procederá de la siguiente manera:Si fuere causante el equipo que estuviere ganando el partido, este perderá los puntos y pagará una multa de $220.00 los puntos se adjudicarán al equipo contendor y el marcador será por 20 a 0.

El jugador agresor será suspendido de por vida de los campeonatos organizados por LIDEBAP. Para esta sanción se tomará en cuenta el Art. 70

Si fuere el equipo que estuviere perdiendo pagará una multa de $220.00 manteniéndose el resultado.

Las sanciones a los causantes se aplicarán de acuerdo a la TABLA DESANCIONES.

Art. 49.- Cuando un equipo no se presente a un encuentro perderá los puntos y deberá pagar una multa de $30.00, para poder tomar parte del siguiente encuentro. 

Art. 50.-El equipo que no se presente a jugar un encuentro deportivo en el cual un tercer equipo depende del resultado y en las instancias finales, será suspendido un año calendario en la disciplina con sus jugadores. 

Art. 51.- Cuando se comprobase que un jugador ha estado participando dolosamente en un partido, el equipo perderá los puntos de todos los partidos en los que el mencionado jugador haya tomado parte, además, será suspendido un año calendario y los puntos serán conferidos al equipo o equipos contendores, con un marcador de 20 a 0.

Art. 52.- Los equipos tienen la obligación de cancelar las multas y otros valores adeudados, antes del partido y no se les permitirá jugar. Si el equipo no jugaré por este motivo perderá los puntos, los que se le adjudicarán al contendor por el marcador de 20 a 0. Para el próximo   partido deberá cubrir la multa de $40.00. En caso de reincidencias será expulsado del campeonato por un año calendario. 

Art. 53.- En caso de comprobarse la adulteración de un carné de cancha, los jugadores y dirigentes serán suspendidos un año calendario; de igual manera se procederá en caso de suplantación de un jugador.

Art. 54.- En caso de que los dirigentes o jugadores suplentes e hinchas plenamente identificados con el club invadan la cancha o alteren el normal desarrollo de los eventos, deberá el club al que pertenece pagar una multa de $100.00 para poder tomar partida en el siguiente encuentro.

Art.  55 .- En caso de que Dirigentes, cuerpo técnico y jugadores plenamente identificados con un club, realicen Declaraciones ofensivas (descomedidas) en los medios de comunicación donde agredan o perturben el prestigio de la Institución o a sus Dirigentes serán suspendidos por el resto del campeonato y el Club tendrá que cancelar una multa de $100 dólares. 

Art. 56.- Los Clubes que no acaten las resoluciones adoptadas por los estamentos deportivos que rigen el Deporte Barrial (Comisión Técnica de Básquet, Directorio, Asamblea General, LIDEBAP), yéndose a instancias que no se encuentran ligados al deporte, el Club, dirigentes y jugadores infractores serán separados de la LIDEBAP de por vida.

Art. 57.- El Cuerpo Técnico (D.T. Asistente, médico, quinesiólogo, dirigentes y aguatero) de un equipo, será sancionado de la siguiente manera:

a.       Si está con olor a alcohol, no se le permitirá ingresar a la banca de suplentes. Por reincidir en reclamos indebidos, se le expulsará por el resto del partido.

b.       Por insultos con palabras descomedidas, se le expulsará y se lesuspenderá por cuatro partidos.

Por agresión física a los árbitros, mesa de control o dirigentes se lesuspenderá dos años calendario y el club pagará una multa de $220.00.

Art. 58.- El jugador, dirigente, cuerpo técnico, e hincha, que se encuentre suspendido no podrá estar en la banca de suplentes durante los partidos que ha sido suspendido, la mesa de control realizará este petitorio por tres ocasiones, de no acatar esta disposición se dará por terminado el encuentro perdiendo su equipo automáticamente los puntos con un marcador de 20 a 0.

Art. 59.- Los jugadores, dirigentes, cuerpo técnico, e hinchas plenamente identificados por el Club, que se encuentren suspendidos, se adoptarán la siguiente regla que será tomado como partido cumplido de suspensión solamente los encuentros que juegue su equipo. 

Art. 60.- Las sanciones serán impuestas en base al informe del Árbitro y la mesa de control.

Art. 61.- En caso de que el informe del Arbitro o de la mesa de control no sea claro, la Comisión de Técnica de Baloncesto solicitará un informe ampliatorio para los días martes. 

Art. 62.- La reincidencia en cualquiera de los casos será castigado con el doble de la sanción.

TABLA DE SANCIONES PARA LOS EXPULSADOS 

Art. 63.- Los jugadores serán suspendidos UN PARTIDO en los siguientes casos: 

 CONDUCTA INCORRECTA

Por haber sido expulsado por una falta descalificadora.

Art. 64.- Serán suspendidos con DOS PARTIDOS en el siguiente caso: 

 INSULTOS Y GROSERÍAS

Insultar en forma airada a otro jugador, árbitros, mesa de control o dirigentes. 

Art. 65.- Serán suspendidos CUATRO PARTIDOS en el siguiente caso:

Por agresión mutua.

Art. 66.- Serán suspendidos UN AÑO CALENDARIO en los siguientes casos:  

CONDUCTA VIOLENTA

Por escupir a otro jugador, árbitro, mesa de control o dirigentes.

Por agredir físicamente a otro jugador, árbitro, mesa de control o dirigentes. 

Art. 67.- Será suspendido por un año calendario el jugador que realizase actos contra la moral y las buenas costumbres como actos obscenos o impúdicos a árbitros, mesa de control, dirigentes y público en general. 

Art. 68.- En caso de reincidencia al art. 68, 69 será suspendido de por vida. 

CAPITULO VII
DE LAS IMPUGNACIONES 

Art. 69.- Las impugnaciones podrá realizarlas el Presidente o Delegado del club a la mesa de control durante el transcurso del partido, debiendo ser cancelada la cantidad de $5,00 dólares en el momento de la impugnación.

Art. 70.- Las impugnaciones deberán formularles en base al presente reglamento interno de competencia 2006 y las innovaciones y disposiciones del reglamento FIBA vigente. 

Art. 71.- El club que realice la impugnación deberá presentar a la Comisión Técnica de Básquet un oficio ampliatorio con los documentos que prueben sus denuncias,mencionando los artículos en los que se fundamenta su impugnación, antes de las sesiones de los días martes. 

Art. 72.- Un equipo puede jugar bajo protesta en caso de irregularidades la misma que deberá constar en la planilla mediante la firma del capitán, lo cual permitirá a la Comisión Técnica de Básquet averiguar y resolver las presuntas irregularidades. 

Art. 73.- Si los impugnantes o impugnados no están conformes con el dictamen de la Comisión Técnica de Básquet, podrán apelar a las instancias superiores en su orden:DIRECTORIO, ASAMBLEA GENERAL DE LOS CLUBES PARTICIPANTES.

CAPITULO VIII
DE LAS APELACIONES

Art. 74.- De haber una sanción a un club, las apelaciones serán tratadas el día: miércoles, siguiente del encuentro y será analizada por la asamblea hasta el día viernes máximo posterior a un encuentro. 

                                                                CAPITULO IX 
DE LOS PUNTAJES Y RESULTADOS

Art. 75.- Los puntajes en la disciplina de básquet serán los siguientes:

a.       Partido ganado:                2 puntos

Partido perdido:                1 punto
Por no presentarse:           0 puntos

Art. 76.- En caso de empates en puntos se procederá de acuerdo a lo que establece el reglamento FIBA para clasificación y ubicación de lugares.

      CAPITULO X
 DE LA PREMIACIÓN
 
Art. 77.- La ceremonia de premiación y clausura se realizará inmediatamente finalizado el último partido y se premiará de la siguiente manera:
 
Trofeo al campeón
Trofeo al vicecampeón
Trofeo al tercer lugar

Medalla de oro, plata y bronce para los jugadores y cuerpo técnico

Trofeo al mejor encestador y medalla

Trofeo al deportista más destacado y medalla

 Se consideran los premios tanto en el masculino como en el femenino

Art. 78.- El equipo que ha llegado a la segunda fase del campeonato y no se presente a jugar un partido de esta etapa será ubicado en el último lugar de los participantes en dicha etapa y perderá derecho a recibir los premios que les correspondan, incluyendo premios individuales y pierde totalmente la garantía.

                                                                CAPITULO XI
 DE LOS ARBITROS 

Art. 79.- La contratación del arbitraje estará a cargo de la LIDEBAP.

Art. 80.- Los árbitros deben ser totalmente independientes de los clubes barriales. 

Art. 81.- Los árbitros tendrán las siguientes responsabilidades y atribuciones:

Presentarse al campo de juego con 15 minutos de anticipación.

b.Dirigir los encuentros de conformidad con el presente reglamento interno y los reglamentos Internacionales de la FIBA.

Emitir los informes correspondientes en forma inmediata.

En caso de presentarse problemas podrán reservarse el derecho a presentar el informe después de 24 horas terminado el partido.

Presentar informes ampliatorios en caso de ser requerido por la Comisión Técnica de Básquet.

 Art. 82.- En caso de que el árbitro suspendiera el encuentro por fuerza mayor, deberá presentarse el día y la hora que determine la Comisión Técnica de Básquet, a concluir con el tiempo pendiente del encuentro.
 Art. 83.- El Árbitro contará con el respaldo de la LIDEBAP, será la máxima autoridad en la cancha y sus decisiones serán inapelables.
 Art. 84.- La mesa de control es el único autorizado para cronometrar el partido.
Art. 85.-
Si un club no está de acuerdo con el arbitraje puede solicitar otros asumiendo el pago total del costo, previa aprobación de la Comision Tecnica de Basket
 
 
   
 
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Direccion: Calle Tungurahua y Pasaje S/N Barrio Cumanda, Puyo - Pastaza - Ecuador

Telefax: 032890590 *** Ab. Marcelo Chávez Rojas - PRESIDENTE LIDEBAP. 098431261 *** Ing. Adrian Pacheco Cruz. 095337027 - PRESIDENTE COMISION DE DEPORTES *** Lic. Franklin Castillo. 087910413 - SECRETARIO
Copyright: Derechos reservados del autor: Ing. Washington Elías Jachero
Edittado por Lic. Franklin Castillo e Ing. Adrian Pacheco

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